Testimonio de Franklin: cancelo 192.000 euros en deudas.
Testimonio de Jesús: cancelo 80.000 euros en deudas.
Testimonio de Margot: cancelo 50.000 euros en deudas.
Testimonio de Juán: cancelo 296.084 euros en deudas.
Testimonio de Gastón: cancelo 38.745 euros en deudas.
Testimonio de Francesc: cancelo 21.500 euros en deudas.
Testimonio de David: cancelo 78.611 euros en deudas.
Testimonio de Oscar: cancelo 141.000 euros en deudas.
Testimonio de Rafael Fernández: cancelo 300.000 euros en deudas.
La actual Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020) exige para la exoneración del pasivo insatisfecho que el deudor haya intentado un acuerdo extrajudicial de pagos (AEP), por el procedimiento legalmente establecido, siempre que haya podido conforme a tal ley instarlo, y salvo el supuesto de que pudiendo instarlo haya pagado los créditos contra la masa, los créditos privilegiados, al menos, y el 25% del importe de los créditos concursales ordinarios. En la práctica, la mayoría de los deudores se ve…