Hipotecas

Qué ocurre con la hipoteca en la Ley de la Segunda Oportunidad

Puede ocurrir que tengamos deudas, pero además tengamos una hipoteca. Bien , esta situación es bastante común, y se ha de tener mucho en cuenta pues la estrategia a seguir puede cambiar bastante. Desde nuestro despacho de abogados, nos comprometemos a proteger su inversión hipotecaria a la vez que defenderemos su derecho a acogerse a la ley para cancelar sus deudas.

En caso de tener propiedades o hipotecas puede haber 2 situaciones:

Tener otras deudas, pero estar pagando la hipoteca y estar al corriente de pago. En esta situación, lo último que queremos es perder la vivienda habitual, así que se ha de mantener la regularidad en los pagos y excluir la casa del proceso que se iniciaría para lograr la cancelación de deudas parciales, siempre conservando el patrimonio.

Tener deudas y no poder afrontar la hipoteca. Puede ser que lo que más interese sea cancelar todas las deudas, incluida la de la vivienda. Ya que muchas veces es tanta la presión que se puede afrontar de ninguna forma. En ese caso, buscaremos poder comenzar de 0, y terminar no debiendo nada exoneración de todas las deudas

Cada persona tiene sus propias circunstancias especiales, y por eso, que un buen estudio previo de situación, analizar bien los datos y buscar los ajustes para poder encajar un objetivo asequible y real; y llevarlo a cabo. Colectivo estará con usted en todo momento, y si aceptamos trabajar para usted, puede tener por seguro que el resultado será positivo y conseguirá salir de su difícil situación.

HIPOTECA

En el contexto de una hipoteca, si el deudor está al corriente de los pagos y sigue amortizando la misma tras la exoneración, podrá conservar su vivienda habitual. Sin embargo, si no está al corriente, el acreedor hipotecario, al ser titular de un crédito no exonerable, conservará su derecho de ejecución sobre la vivienda.

Protección de la vivienda habitual en el concurso

En el caso de que la vivienda habitual sea el único bien del deudor y esté gravada con cargas superiores a su valor de mercado, el deudor puede acceder a la exoneración del pasivo insatisfecho sin necesidad de liquidación, siempre que no cuente con otros bienes embargables. La normativa establece que, si el deudor sigue al corriente de los pagos hipotecarios, conservará la vivienda. En caso contrario, el acreedor hipotecario podrá ejecutar la hipoteca, ya que el crédito hipotecario no es exonerable.

Requisitos para la exoneración y la hipoteca

Para que un deudor pueda ser considerado de buena fe y acceder a la exoneración, no debe haber sido declarado culpable en un concurso de un tercero en los 10 años anteriores a la solicitud. Además, la ley establece que ciertas deudas, como las garantizadas con hipoteca, no son exonerables. Esto significa que, aunque el deudor pueda exonerarse de otras deudas, la hipoteca sobre la vivienda habitual seguirá vigente, y el acreedor podrá ejecutar la garantía si el deudor no cumple con los pagos.

La Ley de la Segunda Oportunidad ofrece un marco para la exoneración del pasivo insatisfecho, permitiendo a los deudores insolventes liberarse de ciertas deudas. Sin embargo, las deudas garantizadas con hipoteca sobre la vivienda habitual no son exonerables, lo que significa que el acreedor hipotecario mantiene su derecho de ejecución si el deudor no está al corriente de los pagos. La protección de la vivienda habitual se centra en permitir al deudor conservarla si sigue cumpliendo con sus obligaciones hipotecarias, mientras que la exoneración del pasivo insatisfecho se aplica a otras deudas no garantizadas

REBAJA DE LA HIPOTECA

 

En el contexto concursal, la Ley concursal permite que, bajo determinadas circunstancias, se puedan modificar las condiciones de los créditos garantizados con hipoteca, lo que puede suponer una rebaja en la deuda hipotecaria. Esto puede producirse, por ejemplo, a través de la aprobación de un convenio concursal o mediante la aplicación de planes de reestructuración, en los que se pueden pactar quitas, esperas o modificaciones en los plazos y condiciones de pago de la deuda hipotecaria.

No obstante, la protección del crédito hipotecario es especialmente relevante en la Ley concursal, ya que los acreedores con garantía real (como los hipotecarios) gozan de un régimen privilegiado respecto a otros acreedores. Sin embargo, la ley prevé mecanismos para que, en situaciones de insolvencia, se puedan alcanzar acuerdos que permitan la viabilidad económica del deudor, lo que puede incluir la reducción de la deuda hipotecaria si así lo acuerdan las partes o lo aprueba el juez del concurso.

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