Un concurso sin masa, es aquel concurso en los que el deudor no tiene bienes o los bienes que tiene, tienen unas cargas que son iguales o superiores al valor del bien, ó bien que de ese bien tiene un valor muy pequeño y que el coste de realización no compensa y no da ningún beneficio a los acreedores.
En este caso, se insta al concurso y hasta que se finaliza el procedimiento, han pasado seis meses, lo que quiere decir que los juzgados han actuado con bastante fluidez.
Entonces, aquí en este procedimiento la cuantía que se ha exonerado en este caso son 165.656,58 € y el origen de la son unas actividades empresariales que Yolanda había desarrollado en el pasado y que bueno de manera drástica y sobrevenida, pues tuvieron que cerrase, cerrar el negocio y quedar con esta deuda.
Entonces, para poder, digamos, tirar hacia delante, porque la deuda pues era importante y con sus ingresos, pues no la podía haber hecho frente nunca, pues se optó por este procedimiento. En este proceso, se presenta una solicitud de concurso con la memoria jurídica económica, listado acreedores, inventado de bienes y pues bueno, como todo pues es examinado por el por el juez, el magistrado, en este caso, conocido del asunto y cumpliendo los requisitos conforme a derecho, pues ha estimado que Yolanda pues era
merecedora de este derecho a la exoneración del pasivo insatisfecho.
* La exoneración es el acto jurídico o administrativo mediante el cual se libera a una persona de una carga, responsabilidad, obligación o culpa
